DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2014

Fecha: 13-Nov-2014

Segunda.-

Segunda.- Mientras el Concejo Municipal no desarrolle la legislación respectiva, en virtud del principio de ultra actividad de la norma, y el principio de subsidiariedad, será aplicable la Ley de Municipalidades (LM) abrogada, y la norma municipal en todo lo que no contradiga la Constitución Política del Estado y la presente Carta Orgánica”. 

Segunda.- Mientras el Concejo Municipal no desarrolle la legislación respectiva, en virtud del principio de ultra actividad de la norma, y el principio de subsidiariedad, será aplicable la Ley de Municipalidades abrogada, y la norma municipal en todo lo que no contradiga la Constitución Política del Estado y la presente Carta Orgánica.