DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 102. (Prestación de servicios y uso de bienes municipales).

Artículo 102. (Prestación de servicios y uso de bienes municipales). El Gobierno Autónomo Municipal de Villa Montes, para la prestación de los servicios municipales, ejecución de obras o uso de bienes municipales, podrá adoptar las modalidades más convenientes a sus intereses, desde la concesión, conformación de sociedades mixtas, alianzas estratégicas, convocatorias a licitación pública u otro tipo de institutos jurídicos regulados por Ley Municipal.

El Gobierno Autónomo Municipal de Villa Montes, para la prestación de los servicios municipales, ejecución de obras o uso de bienes municipales, podrá adoptar las modalidades más convenientes a sus intereses, desde la concesión, conformación de sociedades mixtas, alianzas estratégicas, convocatorias a licitación pública u otro tipo de institutos jurídicos regulados por Ley Municipal.”.