DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014

Fecha: 08-Dic-2014

protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos

En cuanto al núm. 8) del art. 11 de la COM de Villa Montes, de acuerdo con la distribución de competencias que realizó la Constitución Política del Estado en su art. 302.I.5 que entre las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos municipales se encuentra lo concerniente a “Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos” (las negrillas fueron agregadas); sin embargo, esta debe enmarcarse en la competencia exclusiva del nivel central, establecida en el art. 298.II.6 de la CPE.

Entonces, el fin del Gobierno Autónomo Municipal establecido en el art. 11 núm. 8) del proyecto de COM, deberá ser entendido bajo el régimen general de biodiversidad y medio ambiente, emitido por el nivel central de gobierno. Con este entendimiento, el apartado en examen es compatible con la Constitución Política del Estado.