DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 91. (Desarrollo rural).

Artículo 91. (Desarrollo rural).  I. El Gobierno Autónomo Municipal de Villa Montes en Forma Concurrente promoverá el desarrollo rural integral cuidando la preservación del medio ambiente, la biodiversidad y los recursos naturales y la efectiva participación de las personas, pueblos indígenas originario campesino y comunidades del Municipio e implantará estrategias para la protección de la producción agropecuaria y agroindustrial ante desastres naturales y ejecutará las políticas generales sobre agricultura, ganadería, caza y pesca en concordancia con el Plan General del Desarrollo Rural Integral en coordinación con los planes y políticas departamentales.