DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Concejo Municipal

De esta forma, las facultades regulatorias del Concejo Municipal son, conforme el mandato constitucional, de dos tipos: 1) Las legislativas propiamente dichas, es decir, la capacidad de emitir leyes; y, 2) Las reglamentarias limitadas a la administración interna del propio órgano, en este caso restringidas solo a viabilizar el ejercicio de sus atribuciones y competencias. Por ejemplo, la aprobación del Reglamento de Debates del Pleno y de las Comisiones del Concejo Municipal.