DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 85. (Medio ambiente).

Artículo 85. (Medio ambiente).  I. El Gobierno Autónomo Municipal de Villa Montes, tiene la competencia exclusiva de Administrar áreas protegidas municipales en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos cuando corresponda, a este efecto, el Órgano Ejecutivo planificará y desarrollará  estrategias de educación ambiental, preservación, conservación y manejo sostenible del medio ambiente, protección de la biodiversidad de la fauna y flora y los recursos naturales del Municipio y aprobará normas reglamentarias para  regular las actividades que tengan impacto sobre el medio ambiente, a efecto de evitar, minimizar, mitigar, remediar, reparar y, en su caso, sancionar con el resarcimiento por los daños ocasionados al medio ambiente y la salud de la población.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Villa Montes, tiene la competencia exclusiva de Administrar áreas protegidas municipales en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos cuando corresponda, a este efecto, el Órgano Ejecutivo planificará y desarrollará  estrategias de educación ambiental, preservación, conservación y manejo sostenible del medio ambiente, protección de la biodiversidad de la fauna y flora y los recursos naturales del Municipio y aprobará normas reglamentarias para  regular las actividades que tengan impacto sobre el medio ambiente, a efecto de evitar, minimizar, mitigar, remediar, reparar y, en su caso, sancionar con el resarcimiento por los daños ocasionados al medio ambiente y la salud de la población”.