DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2014

Fecha: 08-Dic-2014

uso oficial o preferente

En cuanto al parágrafo III del art. 4 de la COM, si bien el municipio puede utilizar determinados idiomas de aquellos reconocidos constitucionalmente, el establecer como oficiales únicamente a algunos de ellos, conlleva un desconocimiento implícito del resto de idiomas oficiales reconocidos en el art. 5 de la CPE; por ello, el término “oficiales” es incompatible con la Constitución; en ese sentido se pronunció la DCP 0001/2013 expresando lo siguiente: “En referencia a los idiomas, la Carta Orgánica podrá establecer el uso oficial o preferente de uno o más idiomas en la jurisdicción municipal, sin que ello signifique el desconocimiento de los treinta y seis idiomas oficiales del Estado, reconocidos en el art. 5.I de la CPE” (el resaltado fue agregado).