DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0092/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0092/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo

El Artículo 109, en relación a los pprincipios de la asignación competencial gradualidad y progresividad refiere que: “El Ministerio de Autonomías, en coordinación con las instancias del nivel central del Estado que correspondan y las entidades territoriales autónomas apoyarán el ejercicio gradual de las nuevas competencias”.

El Artículo 110, referida a las ccompetencias compartidas con el nivel central manifiesta que: “La Asamblea Legislativa Plurinacional, fijará los principios básicos, la regulación general de la materia y la división de responsabilidades entre el nivel central del Estado y el Gobierno Autónomo Municipal de Uyuni respecto a determinada competencia compartida”.

Conforme señaló la SCP 2055/2012, en Bolivia no rige el principio dispositivo; por lo que, mal puede la Carta Orgánica Municipal señalar que adopta ciertas competencias, cuando en realidad las ETA’s no tienen potestad de elegir las competencias que asumen, sino una obligación de asumirlas. La norma estudiada es incompatible con la Constitución Política del Estado.