DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0092/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0092/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 46,

El Artículo 46, referido a la sanción de Leyes Municipales señala que: “La sanción de leyes municipales y otros instrumentos legislativos, fiscalizadores y administrativos, se realizará por (2/3) de los miembros del Concejo Municipal, y las leyes municipales especiales indicadas en la presente Carta Orgánica también requerirán dos tercios (2/3) para su aprobación. La reconsideración de leyes se realizará por (2/3) del total de las concejalas o concejales del Concejo Municipal”.