DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2014

Fecha: 28-May-2014

Artículo 106.- (PARTICIPACIÓN SOCIAL)

Artículo 106.- (PARTICIPACIÓN SOCIAL) El Gobierno Autónomo Municipal garantiza la existencia y vigencia de espacios y mecanismos para la participación ciudadana sin discriminación de orden social, económico, político u otros, con el fin de atender de manera permanente demandas sociales en la gestión pública, considerando lo siguiente:

I. Los espacios de concertación como la Cumbre, Consejo, Cabildo, Ampliado, Asamblea, Ñemboatiguasu u otra forma de organización propia del lugar, serán las instancias de participación de las organizaciones sociales, comunidades campesinas y del pueblo indígena guaraní, para la planificación, seguimiento, evaluación de los planes, programas y proyectos administrados por el Gobierno Municipal.