DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2014

Fecha: 28-May-2014

Artículo 107.- (CONTROL SOCIAL)

II. La gestión municipal, la calidad de los servicios públicos, los recursos fiscales administrados por el gobierno municipal, las empresas e instituciones públicas, mixtas o privadas, se desarrollan mediante actividades de control social y auditoría social en los niveles comunales, distritales y municipal, ejercida por la sociedad civil organizada, sin retrasar, impedir o suspender la ejecución o continuidad de los planes, programas, proyectos o actos administrativos, salvo se demuestre un evidente y potencial daño a los intereses y patrimonio del municipio o los intereses y derechos colectivos.