DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2014

Fecha: 28-May-2014

políticas

Sobre el particular, conforme se ha señalado en el Fundamento Jurídico II.3 de la presente Sentencia, los pueblos indígena originario campesinos, tienen derecho a conservar sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, por lo que, cualquiera sea la forma en que se organicen, tienen derecho a ejercer sus propias formas o mecanismos de elección de autoridades, a fin de afianzar el reto de la descolonización desde sus respectivas aspiraciones en ejercicio de la autodeterminación.

El art. 6 de la Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Vaca guzmán al señalar: “Se reconocen a los símbolos del Estado Plurinacional y”, La CPE, en su art. 6.II dice: “Los símbolos del Estado son la bandera tricolor, rojo, amarillo y verde; el himno boliviano; el escudo de armas; la wiphala; la escarapela; la flor de la kantuta y la flor de patujú”; la CPE, establece cuales son los símbolos patrios nacionales, y en esa su condición, son símbolos de todas las ETA, por lo que no pueden ser reconocidos por una ETA, sino, son símbolos a nivel nacional.