DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2015

Fecha: 14-Ene-2015

art. 104

El art. 104 referido al régimen de seguridad ciudadana en su numeral 2, señala: “Ejecutará y reglamentará, regulará el ejercicio concurrente de la competencia en seguridad ciudadana, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Estado y en relación y concordancia con las responsabilidades, obligaciones y atribuciones de otros niveles del Estado” (el resaltado es agregado), del cual se puede advertir que es incompatible en su frase “regulará”; porque contradice el    art. 297.I num. 3 de la CPE, que señala: “Concurrentes, aquellas en las que la legislación corresponde al nivel central del Estado y los otros niveles ejercen simultáneamente las facultades reglamentaria y ejecutiva” (las negrillas son nuestras), motivo por el cual no pudiera regular la ETA a través de un reglamento.