DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2015

Fecha: 14-Ene-2015

Artículo 52.

Artículo 52. (Competencias Compartidas) El Órgano Legislativo ejercerá las facultades legislativas de desarrollo y el órgano Ejecutivo ejercerá las facultades reglamentaria y ejecutiva sobre aquellas competencias compartidas sobre las cuales el estado central defina por ley su asunción. Las competencias compartidas son: