DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0005/2015

Fecha: 14-Ene-2015

art. 35

El art. 35 referente a las facultades del alcalde o alcaldesa en su numeral 2, señala: “Administrativa, referida a la capacidad de planificar, dirigir, organizar, hacer el seguimiento respectivo y, disponer de los recursos de la municipalidad para ejecutar las disposiciones del Gobierno Autónomo Municipal de Icla”, de cual se puede observar que todo el numeral es incompatible; toda vez que, el art. 272 de la CPE, no señala como facultad la administrativa; empero, la SCP 1714/2012 de 1 de octubre, ha señalado que esta se encuentra implícitamente incluida dentro de la facultad ejecutiva, motivo por el cual el texto analizado debe ser reformulado conforme la Constitución Política del Estado.