DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 41. Previsiones para desconcentrarse administrativamente

La Alcaldía, para la agilización y cobertura integral de la gestión municipal, en caso de contar con los recursos financieros y logísticos necesarios, podrá desconcentrarse tanto temática como territorialmente, para lo cual podrá el alcalde o alcaldesa delegará funciones administrativas, ejecutivas y operativas a las autoridades responsables de las reparticiones desconcentradas. Sin embargo, la responsabilidad sobre las competencias correspondientes al Alcalde o Alcaldesa es indelegable. Las reparticiones desconcentradas tendrán una dependencia directa de la Oficialía Mayor Ejecutiva.