DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2015

Fecha: 26-Feb-2015

b.

b. Aprobación de la Ordenanza.- Todos los proyectos de Ordenanzas y Resoluciones Municipales serán analizadas y concertadas por las Comisiones y demás actores pertinentes y aprobadas por mayoría absoluta en el Concejo Municipal. La aprobación en grande se realizará en la Comisión respectiva, mientras que en detalle y revisión será en plenaria.

b. Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de agua potable en el marco de sus competencias, y cuando corresponda de manera concurrente y coordinada con el nivel central del Estado y los otros niveles autonómicos; así como coadyuvar en la asistencia técnica y planificación. Concluidos los proyectos podrán ser transferidos al operador del servicio.

b)        A mediano plazo.- De 5 años de proyección, tiempo que dura una gestión de gobierno, siendo sus instrumentos de planificación el Plan de Desarrollo Integral del Municipio, el cual incluirá la planificación de cada una de las temáticas del desarrollo integral (desarrollo humano, desarrollo urbano, desarrollo territorial, uso de suelo, económica, de la madre tierra, institucional, legislativa, etc.), pudiendo además en caso de contar con suficientes recursos para su gestión, contar con planes específicos por ámbitos temáticos (PEI, PMOT, PDES, etc.).

b. Aprobación de la Ordenanza.- Todos los proyectos de Ordenanzas y Resoluciones Municipales serán analizadas y concertadas por las Comisiones y demás actores pertinentes y aprobadas por mayoría absoluta en el Concejo Municipal. La aprobación en grande se realizará en la Comisión respectiva, mientras que en detalle y revisión será en plenaria.