DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015

Fecha: 05-Mar-2015

art. 74 inc. a)

Por otra parte, los arts. 299.II.10 de la CPE, señalan que se ejercerán de forma concurrente por el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas proyectos de riego. Asimismo el art. 302.I.38 establece como competencia exclusiva de los gobiernos autónomos municipales en su jurisdicción “Sistemas de microriego en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos”.