DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015

Fecha: 05-Mar-2015

para su aprobación por el Concejo

En tal sentido, el órgano deliberativo del Gobierno Autónomo Municipal, de acuerdo al nuevo marco constitucional, no puede establecer normas administrativas obligatorias para el órgano ejecutivo, y viceversa; pues debe quedar presente que estos órganos son independientes uno del otro, y en cuanto a materia administrativa cada uno los órganos deben contar con sus propias resoluciones; por lo que, la elaboración de manuales de organización, funciones, procedimientos y organigrama del órgano ejecutivo no pueden estar sujetos a aprobación por el concejo municipal. En consecuencia, la frase “para su aprobación por el Concejo” inserta en el numeral 39 del art. 28 del proyecto de Carta Orgánica resulta incompatible con el texto constitucional.