DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015

Fecha: 05-Mar-2015

Unidad.

Dimensión interna. En la que se plasma el pluralismo en todas sus manifestaciones (políticas, institucionales, económicas, jurídicas, culturales y lingüísticas, entre otras), pero siempre en el marco de la cohesión interna y la aplicación uniforme de las políticas del Estado. Es en esta dimensión en la que se visibiliza la finalidad central de todo Estado de carácter compuesto, como lo es el boliviano: conciliar la unidad con la diversidad, lograr una combinación estable de poder concentrado (unidad) y a la vez distribuido (pluralismo político/institucional), cuya gestión tiende a ser compleja, precisando de dispositivos político administrativos concretos que coadyuven a este fin, como la autonomía, la descentralización y la desconcentración” (las negrillas son nuestras).

Por otra parte, con la finalidad de establecer con mayor claridad, lo que se entiende por soberanía y el resguardo del territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, es preciso referirse a los arts. 7 y 244 de la CPE, cuya fundamentación resulta necesario aclarar y considerar los efectos que conlleva su aplicación en el proyecto de Carta Orgánica; al respecto estos refieren que: