DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015

Fecha: 05-Mar-2015

“ARTÍCULO 102. (DONACIÓN Y NEGOCIOS JURÍDICOS)

El Gobierno Municipal no podrá donar los bienes muebles, sujetos a registro e inmuebles sujetos al régimen jurídico privado. En cambio, podrá realizar todo tipo de negocios jurídicos con ellos, siempre que los mismos sean rentables y previa Resolución aprobada por dos tercios de los miembros del Concejo”.