DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015

Fecha: 05-Mar-2015

Fragmento 142

De lo expuesto, se tiene que dicha competencia asignada a todos los niveles de gobierno, necesariamente será de forma coordinada, conforme lo establece el art. 302.I.6 de la Constitución Política del Estado, que señala que: “Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: 6. Elaboración de Planes de Ordenamiento Territorial y de uso de suelos, en coordinación con los planes del nivel central del Estado, departamentales e indígenas”.