DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015

Fecha: 27-Mar-2015

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Ahora bien, los numerales en análisis no niegan la competencia del legislativo del nivel central del Estado para definir en última instancia la enajenación de bienes de dominio público del Estado, puesto que los preceptos en examen determinan 27. Presentar al Concejo Municipal, el Proyecto de Ley de enajenación de bienes patrimoniales municipales. 28 Presentar al Concejo Municipal, el Proyecto de Ley de autorización de enajenación de bienes de Dominio Público y Patrimonio Institucional, una vez promulgada, remitirla a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su aprobación; vale decir, que se trata de un proceso de enajenación de doble instancia, en bienes de dominio público del Estado que se encuentren dentro del territorio del municipio o bajo administración de éste, el legislativo municipal deberá considerar y aprobar internamente la transferencia del bien, para luego someterla a la aprobación final de la Asamblea Legislativa Plurinacional.