DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015

Fecha: 27-Mar-2015

uso

En este sentido también se pronunció la DCP 0001/2013, cuando señaló lo siguiente: “…la Carta Orgánica podrá establecer el uso oficial o preferente de uno o más idiomas en la jurisdicción municipal, sin que ello signifique el desconocimiento de los treinta y siete idiomas oficiales del Estado, reconocidos en el art. 5.I de la CPE” (los resaltados son nuestros).

El proyecto de Carta Orgánica de San Juan, en el artículo en análisis al determinar cómo idiomas oficiales del Municipio al castellano y quechua, estaría ingresando en una negación de los demás idiomas oficiales del Estado Plurinacional; en ese marco, es pertinente que se efectué una reformulación del artículo en análisis, en el entendido de que los idiomas que mencionan sean de uso preferente, lo que no excluiría a los otros idiomas como se encuentra establecido en el art. 5.I de la CPE.