DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015

Fecha: 27-Mar-2015

“Artículo 48º (Prohibiciones)

“Artículo 48º (Prohibiciones) I. En el desempeño de los cargos de Alcaldesa o Alcalde, de Concejalas o Concejales, de autoridades y de Servidoras o Servidores públicos del Gobierno Autónomo Municipal, está prohibido el ejercicio simultáneo de otra función pública, sea remunerada o no. Su aceptación comprobada, supone renuncia tácita al cargo”

Artículo 48º (Prohibiciones) I. En el desempeño de los cargos de Alcaldesa o Alcalde, de Concejalas o Concejales, de autoridades y de Servidoras o Servidores públicos del Gobierno Autónomo Municipal, está prohibido el ejercicio simultáneo de otra función pública, sea remunerada o no. Su aceptación comprobada, supone renuncia tácita al cargo