DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015

Fecha: 27-Mar-2015

“Artículo 18º (Órgano Ejecutivo Municipal)

“Artículo 18º (Órgano Ejecutivo Municipal) Presidido por la Alcaldesa o Alcalde en su condición de máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Autónomo Municipal de San Juan, conjuntamente sus dependientes, ejercerá la facultad reglamentaria, administrativa y ejecutiva en el ámbito de sus competencias, aplicando de forma pertinente la normativa municipal y las herramientas normativas de planificación, organización, ejecución y control gubernamentales, con eficiencia, eficacia y transparencia”.

Artículo 18º (Órgano Ejecutivo Municipal) Presidido por la Alcaldesa o Alcalde en su condición de máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Autónomo Municipal de San Juan, conjuntamente sus dependientes, ejercerá la facultad reglamentaria, administrativa y ejecutiva en el ámbito de sus competencias, aplicando de forma pertinente la normativa municipal y las herramientas normativas de planificación, organización, ejecución y control gubernamentales, con eficiencia, eficacia y transparencia.