DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015

Fecha: 27-Mar-2015

Sobre el numeral 31

El art. 12 de la CPE, establece: “I. El Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos.    II. Son funciones estatales la de Control, la de Defensa de la Sociedad y la de Defensa del Estado. III. Las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre sí”.

En el marco de la separación de funciones de los órganos del Gobierno Autónomo Municipal, cada uno de estos que la componen tienen la facultad de emitir resoluciones inherentes a sus funciones y facultades, por tanto una resolución emitida por el Concejo Municipal no es obligatoria para el órgano ejecutivo.