DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015

Fecha: 27-Mar-2015

Artículo 68º

Artículo 68º (Consejo de Control Social) Es la representación comunitaria de control social ante las entidades institucionales del municipio, conformado por dos representantes un titular y suplente, de cada Distrito Municipal con equidad de género, sujeto a la Constitución Política del Estado y la Ley que rige la Participación y Control Social.