DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2015

Fecha: 27-Mar-2015

Fragmento 112

El estatuyente municipal, confunde los alcances de unidad y entidad territorial, al referirse “…El municipio…”; en los referidos incisos, al respecto indicar que, la autonomía no es una cualidad atribuida a la unidad territorial (departamentos, provincias, municipios o TIOC), la autonomía está atribuida a la entidad territorial, dicho de otro modo, no es autónomo el territorio, sino el gobierno que administra en dicha jurisdicción territorial; que para el presente caso es la entidad territorial autónoma que garantizara el ejercicio de los derechos establecidos por la carta orgánica municipal y no así el municipio; por lo indicado, corresponde declarar  la incompatibilidad del art. 151.I incs. f), h), i) y j).