DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Cargo de incompatibilidad constitucional del numeral 21 del art. 21

La disposición cuestionada, establece que la enajenación de bienes de dominio público y de patrimonio institucional será autorizada por resolución del concejo municipal para luego el ejecutivo municipal prosiga con la tramitación, esta disposición conlleva dos cargos de incompatibilidad, el primero relacionado al instrumento normativo que se pretende emplear y segundo la incursión en clasificación de bienes.