DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2016

Fecha: 11-Abr-2016

haciendo referencia a la carta orgánica como si se trataría de una ley

El art. 35 del proyecto, regula el procedimiento legislativo y en su numeral 4 refiere a una de sus etapas, relacionada al informe de las comisiones y la aprobación en grande y en detalle; en su última parte establece que la excepcionalidad para el sistema de votación está prevista en “la presente Ley y el Reglamento General del Concejo Municipal”; haciendo referencia a la carta orgánica como si se trataría de una ley, aspecto que no condice con la naturaleza jurídica de la norma institucional básica que tiene una particular forma de producción prevista en el art. 275 de la CPE; consiguientemente, corresponde declarar la incompatibilidad constitucional de la frase “…excepto los casos previstos en la presente Ley y el Reglamento General del Concejo Municipal”, inserta en el texto del art. 35.4 del proyecto.