DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Artículo 11.

”La disposición analizada refiere que el Gobierno Autónomo Municipal de Colquechaca establece una serie de instrumentos de democracia participativa; asimismo, los regula e incluso señala que se podrán establecer otros instrumentos, al respecto la Constitución Política del Estado indica: ‘Artículo 11. I. La República de Bolivia adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres. II. La democracia se ejerce de las siguientes formas, que serán desarrolladas por la ley: 1. Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo conforme a Ley’, como se puede observar la Ley Fundamental ya determinó los elementos concernientes a la democracia participativa, por cuanto la norma institucional básica no puede regular sobre algo ya dispuesto en el texto constitucional.