DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Artículo 234.

Como se puede observar, el texto constitucional deja claramente establecido que la autonomía implica la elección de las autoridades de las ETA, en el caso de los gobiernos autónomos municipales ésas autoridades son los concejales y los alcaldes; por cuanto la disposición proyectada no se apega a la Norma Suprema cuando señala como un requisito, la elección como servidores públicos. Respecto al requisito de haber cumplido veinte años la Constitución Política del Estado señala: ‘Artículo 234. Para acceder al desempeño de funciones públicas se requiere:(…) 2. Ser mayor de edad’.