DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Cargo de incompatibilidad constitucional en DCP 0165/2016

“La disposición analizada refiere que la facultad legislativa corresponde únicamente a las competencias exclusivas, para el caso de las ETA la capacidad de legislar abarca además de las competencias exclusivas a las competencias compartidas, al respecto la SCP 1714/2012 de 17 de octubre, señala que: ‘El Constituyente ha establecido cuatro tipos de competencia: 1. Privativas; 2. Exclusivas; 3. Concurrentes y, 4. Compartidas. Determinando que toda competencia que no esté incluida en la Constitución será atribuida al nivel central del Estado, el que podrá transferirla o delegarla por Ley (art. 297.I y II de la CPE).