DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017

Fecha: 25-Sep-2017

la que efectuará una calificación de los bienes

En ese marco, el art. 71 de la LMAD, establece que: «Todo mandato a ley incluido en el texto constitucional sin determinar la entidad territorial que legislará, implica el ejercicio de exclusividad nacional, salvo en el caso de las competencias exclusivas de una entidad territorial autónoma, donde corresponderá su respectiva legislación». En ese marco, considerando que la Constitución Política del Estado al ser el referente normativo de contrastación primario, se colige que será precisamente la ley referida en la parte in fine del art. 339.II de dicha Norma Suprema, la que efectuará una calificación de los bienes y delimitará el marco regulatorio general respecto de la distribución de los bienes públicos que sustentarán el ejercicio de las competencias que correspondan a cada nivel de gobierno.