DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017

Fecha: 25-Sep-2017

el ejercicio es

Por su parte el art. 64.I de la citada Ley, refiere que: «Todas las competencias exclusivas asignadas por la Constitución Política del Estado a las entidades territoriales autónomas y aquellas facultades reglamentarias y ejecutivas que les sean transferidas o delegadas por ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional deben ser asumidas obligatoriamente por éstas…»’. Por tanto, el ejercicio es gradual en la medida de los recursos y la capacidad de la ETA, pero la asunción es obligatoria, consiguientemente se declara la incompatibilidad, del artículo analizado”.