DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Artículo 298.

“La disposición analizada hace referencia a las políticas sobre asentamientos humanos, al respecto la Constitución Política del Estado establece: ‘Artículo 298. (…) II. Son competencias exclusivas del nivel central del Estado: (…) 29. Asentamientos humanos rurales. (…) Artículo 302. I. Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción: (…) 29. Desarrollo urbano y asentamientos humanos urbanos’.

Como se puede observar de las disposiciones constitucionales, el nivel central del Estado tiene competencia exclusiva sobre los asentamientos humanos rurales, en tanto que los gobiernos autónomos municipales tienen competencia exclusiva sobre los asentamientos urbanos; en ese sentido el estatuyente no puede desarrollar materias competenciales que no le hayan sido asignadas o establecer el alcance de manera general.