DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2018

Fecha: 24-Oct-2018

I.

22. Ordenar la demolición de inmuebles que no cumplan con las normas de servicios básicos, de uso de suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, por sí mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y Departamentales, de acuerdo a normativa vigente.

26. Presentar al Concejo Municipal, Proyectos de Ley Municipal de enajenación de bienes patrimoniales municipales y la autorización de enajenación de bienes de Dominio Público y Patrimonio Institucional, una vez promulgada, remitirla a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su aprobación…” (las negrillas son ilustrativas).

I. El Gobierno Autónomo Municipal, constituirá la Guardia Municipal como fuerza pública municipal, responsable de apoyar en la defensa de la sociedad, la conservación del orden público y el cumplimiento de las normas municipales, en el marco del ejercicio y ejecución de las competencias municipales dentro la jurisdicción territorial del municipio.

I. Las Concejalas, Concejales, Alcaldesa o Alcalde Municipal electos, en acto público tomarán posesión de sus cargos, ante la máxima autoridad de la Jurisdicción Ordinaria que ejerce competencia en el Municipio de San Julián, o ante la autoridad de la Jurisdicción Ordinaria más cercana del municipio.

I. Las Concejalas y los Concejales se elegirán mediante voto universal, por mayoría simple de votos, de acuerdo a criterios de territorio y población de forma uninominal, con equidad de género conforme a la Ley Municipal Electoral correspondiente y normas vigentes, en listas separadas de la elección de Alcaldesa o Alcalde Municipal.

I. Las Concejalas y los Concejales se elegirán mediante voto universal, en listas separadas de la elección de Alcaldesa o Alcalde Municipal, de acuerdo a la ley del régimen electoral. En caso de los Pueblos Indígena Originario Campesinos elegirán a sus concejales por sus normas y procedimientos propios.

I. El Gobierno Autónomo Municipal en el marco de la Participación y Control Social, presentará ante la sociedad civil, informes de avances física y financiera del programa operativo anual, presupuesto municipal y rendiciones públicas de cuentas de la gestión municipal, mediante convocatoria previa a las organizaciones sociales y actores que ejercen el Control Social, para su consideración y pronunciamiento conforme a ley.

I. El Gobierno Autónomo Municipal en el marco de la Participación y Control Social, presentará ante la sociedad civil, informes de avances física y financiera del programa operativo anual, presupuesto municipal y rendiciones públicas de cuentas de la gestión municipal, mediante convocatoria previa a los actores que ejercen el Control Social, para su consideración y pronunciamiento conforme a ley.

I. El Gobierno Autónomo Municipal, organizará y administrará el manejo y la explotación de los áridos y agregados en la jurisdicción territorial del Municipio. Regulará en coordinación con las organizaciones sociales correspondientes, mediante Ley Municipal, su extracción o explotación de manera directa, indirecta o a través de emprendimientos comunitarios.

I. El Gobierno Autónomo Municipal, organizará y administrará el manejo y la explotación de los áridos y agregados en la jurisdicción territorial del Municipio, en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos, cuando corresponda. Regulará en coordinación con las organizaciones sociales correspondientes, mediante Ley Municipal, su extracción o explotación de manera directa, indirecta o a través de emprendimientos comunitarios.