Auto Supremo AS/0411/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0411/2014-RRC

Fecha: 03-Sep-2014

Bajo tales premisas, ingresando en análisis del caso, se constata que ambos tribunales concluyeron que


Bajo tales premisas, ingresando en análisis del caso, se constata que ambos tribunales concluyeron que la planilla Nº 1, contenía datos falsos respecto a los seis ítems de avance de obras como primer elemento del tipo penal; empero, manifestaron que no se dio el segundo elemento referido al daño o perjuicio por no demostrarse con prueba suficiente y por la inexistencia de saldos pendientes a favor o en contra de alguna de las partes; sin embargo, conforme se manifestó precedentemente, los delitos de falsedad no requieren de la existencia de un daño o perjuicio real que bien puede concretarse o no; de manera general, se tiene como un primer presupuesto que el documento acusado como ideológicamente falso, esto es la planilla Nº 1 de avance de obra, es auténtico o genuino en su forma; es decir, que su elaboración responde a uno de los requisitos contractuales para el desembolso de cierta cantidad de dinero amortizable en contrapartida a la realización de determinadas obras, si bien, en una de sus cláusulas se tiene estipulado la presentación de planillas para realizar los desembolsos, no debe olvidarse que las mismas se presentarían una vez realizada cierta cantidad de obras sujetas a verificación por personeros de la ex prefectura