Auto Supremo AS/0411/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0411/2014-RRC

Fecha: 03-Sep-2014

Un cuarto motivo refirió valoración defectuosa de la prueba, en sentido de que el Tribunal


También acusó en el tercer motivo insuficiencia y contradicción en la sentencia por no explicar de manera jurídica el porqué de la absolución de los delitos de Uso de Instrumento Falsificado y Conducta Antieconómica, cuando los imputados Yuri Germán Cuiza Parra, Rolando Loayza Heredia, Rolando Ochoa Colque y Wilson Álvarez Jorge, desempeñaban cargos de alta responsabilidad configurando el segundo elemento exigido por el tipo penal de conducta antieconómica, además que se ocasionó daño al patrimonio o intereses del Estado, al viabilizar el pago de una planilla de avance no ejecutado.

Un cuarto motivo refirió valoración defectuosa de la prueba, en sentido de que el Tribunal de Sentencia no realizó una valoración correcta de toda la prueba documental y testifical, puesto que se reconoce la existencia de la falsedad por resultar imposible que la misma fecha de suscripción del contrato se hayan ejecutado avances en la obra, pero se los absuelve porque no se demostró daño o perjuicio, sin considerarse que el tipo penal no señala la exigencia de la consumación del daño o perjuicio, sino su posibilidad alterna de que puede resultar el daño al establecer: “ …de modo que pueda resultar perjuicio…”, al efecto citó como precedente el Auto Supremo 308/2006 de 25 de agosto SPS