Auto Supremo AS/0313/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

a) En mérito a la acusación pública (fs


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

a) En mérito a la acusación pública (fs. 4 a 12), y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció la Sentencia 17/2012 de 4 de mayo (fs. 1529 a 1538), declarando a la imputada Juana Terán Gonzales, autora y culpable de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas en grado de Complicidad, previsto y sancionado por los arts. 48 en relación al 33 inc. m) y 76 de la Ley 1008, imponiéndole la pena de seis años y seis meses de presidio, más el pago de doscientos días multa a razón de dos bolivianos por día y costas en favor del Estado; asimismo, la absolvió del delito de Asociación Delictuosa y Confabulación, tipificado en el art. 53 de la referida Ley, porque la prueba aportada fue insuficiente