Auto Supremo AS/0313/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

En efecto, la Sentencia dejó establecido que el factor esencial para disponer la responsabilidad de


En efecto, la Sentencia dejó establecido que el factor esencial para disponer la responsabilidad de la acusada en calidad de cómplice, se basa en los siguientes aspectos fundamentales: a) En el inmueble donde se encontraba Juana Terán Gonzales de propiedad de su hermana Elva Terán Gonzales y su cuñado Tomás Veisaga Choque, se encontraron 147.594 gramos de cocaína; b) La presencia de la imputada en el inmueble no fue casual, quien al percatarse de la presencia policial pretendió darse a la fuga; c) Fue aprehendida en flagrancia con sustancias controladas, sabiendo de la existencia de sustancias controladas y de su almacenamiento y por ende conocía de las actividades ilícitas ejecutadas por su hermana y cuñado; d) No se acreditó lo alegado por la defensa en sentido de haber acudido al inmueble a prestarse dos bolsas de cemento y no supo demostrar y menos desvirtuar su falta de conocimiento de la existencia de sustancias controladas; e) La imputada estaba en posesión dolosa de sustancias controladas; y, f) La imputada prestó cooperación en la adquisición de un inmueble a los co procesados declarados rebeldes