Auto Supremo AS/0313/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

Que el Auto Supremo, estableció que la conducta de la imputada no se adecuaba al


Que el Auto Supremo, estableció que la conducta de la imputada no se adecuaba al precepto legal contenido en el art. 345 del CP, al no haber existido apropiación indebida de ningún bien y no existía ataque al derecho de propiedad en perjuicio del propietario; que el hecho que originó la presente causa era materia civil, porque emergió de un contrato de carácter civil, como es el arrendamiento; consiguientemente, los querellantes tenían la vía civil para demandar la acción legal correspondiente, consignando la doctrina legal aplicable, en los siguientes términos: “Si el Tribunal de Alzada en el marco constitucional del Art. 116-VI de la Carta Fundamental del Estado, y Art. 3 del Código de Pdto. Penal, con legítima independencia y análisis jurídico, forma convencimiento pleno que el hecho objeto de la acusación particular no existió, no constituye delito o que los imputados no participaron en él; en aplicación del principio doctrinal de la universalidad de la administración de justicia debe resolver el conflicto sometido a su conocimiento mediante el Código Procesal correspondiente, resolviendo los extremos expuestos en el recurso de apelación de defectos absolutos, previstos en los Arts, 370 incs. 1) y 6, y 169 inc. 3) del citado Código Adjetivo Penal