Auto Supremo AS/0313/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

Por otro lado, con relación al recurso de apelación restringida del Ministerio Público, que adujo


Por otro lado, con relación al recurso de apelación restringida del Ministerio Público, que adujo la existencia de contradicción en la Sentencia con relación al delito de Asociación Delictiva y Confabulación, al haberse demostrado que la imputada realizaba tráfico de sustancias controladas con una organización o grupo de más de dos personas, cuando la Sentencia dispuso la absolución de la imputada por ese delito por inexistencia de prueba que demuestre que Juana Terán Gonzales, se haya organizado para la comisión de hechos ilícitos con roles específicos o labores encomendadas con anterioridad; fundamentó, que el recurso de apelación, no cuestionó esos aspectos, ni señaló el elemento de prueba que demuestre la comisión del delito de Asociación Delictuosa y Confabulación, que permita el análisis del razonamiento efectuado en la valoración de determinada prueba; que si bien la apelación, tiene mérito cuando cuestiona la carencia de fundamentación suficiente y contradicción en la subsunción de la conducta de la imputada en Sentencia, pero con relación a los motivos por los que se dictó la absolución por el delito previsto en el art. 53 de la Ley 1008, carece de mérito; habiendo dispuesto en la parte resolutiva, la procedencia en parte del recurso de apelación restringida