Auto Supremo AS/0312/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0312/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

3) Señala que se presentó todas las pruebas que acreditan que nunca fue servidor público


3) Señala que se presentó todas las pruebas que acreditan que nunca fue servidor público por lo que los delitos acusados nunca los cometieron, señalando, además, que no se observó la impugnación de falta de tipicidad y/o errónea aplicación del tipo penal de lo que se advierte que con esos defectos se le Sentenció, siendo que no se puede sentenciar a una persona por hechos que no se enmarquen a los tipos penales acusados teniendo en cuenta que nunca fue funcionario público de la Alcaldía de Villa Serrano y los delitos sentenciados solo los puede cometer un funcionario público y no así para una persona particular, por lo que, se incurrió en vulneración del art. 169 inc. 3) del CPP y del art. 5 de la Ley 439 de 19 de noviembre de 2013