AUTO 1210/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. El objeto del presente recurso de amparo es la impugnación, al amparo del art. 4.3 de la Ley Orgánica de este Tribunal, del Real Decreto 1.033/1985, de 19 de junio, que desarrolla los beneficios establecidos por la Ley 37/1984. No puede considerarse, enprincipio, que la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de enero de 1986 sea objeto directo de...

AUTO 1214/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. En el caso que nos ocupa procede determinar si, como pusimos de manifiesto en nuestra providencia de 24 de junio de 1987, concurren en la demanda de amparo los dos motivos de inadmisión entonces señalados. 2. Del examen de todos los escritos remitidos por el recurrente, del dictamen emitido por la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Ma...

AUTO 1217/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. De los escritos y documentos aportados se deduce que en el presente caso concurre la causa de inadmisión prevista en el art. 50.2 b) de la LOTC, ya que la demanda carece manifiestamente de contenido que justifique una decisión por parte de este Tribunal. La representación de los demandantes alega, en primer lugar, que se ha producído una violac...

AUTO 1221/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. Como se deduce de los escritos y documentos aportados, en el presente recurso concurren las dos causas de inadmisión puestas de manifiesto en nuestra providencia de 24 de junio pasado. En primer término, partiendo de la declaración del recurrente en lo que concierne a la fecha de notificación de la Sentencia impugnada -fecha que no ha sido feha...

AUTO 1225/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. De los escritos y documentos aportados se deduce que en el presente recurso de amparo concurre la causa de inadmisión prevista en el art. 50.2 b) de la LOTC, pues es manifiesto que la demanda carece de contenido constitucional. En efecto, la representación del recurrente alega, en primer lugar, que las Sentencias impugnadas han vulnerado los ar...

AUTO 1228/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. Entiende el demandante de amparo que la resolución judicial impugnada lesiona, por un lado, el art. 24.1 de la C.E., por aplicar a su demanda un precepto legal que, a su juicio, seria claramente inaplicable; y, por otro, el art. 14 de la Constitución, toda vez que la resolución denegatoria del FGS se habría apartado de lo dispuesto por ese mism...

AUTO 1239/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. Mediante la providencia del día 8 de julio se le puso de manifiesto al actor, en orden a la posible inadmisibilidad de su recurso, la causa que al efecto se contempla en el art. 50.2 b) de la Ley Orgánica de este Tribunal, precepto en cuya virtud podrá acordarse la inadmisibilidad del recurso, previa audiencia del solicitante de amparo y del Mi...

AUTO 1241/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. Al haberse jutificado debidamente en las alegaciones de la parte recurrente la fecha de la notificación de la resolución recurrida, Auto de 22 de junio de 1987 de la Sala Tercera del Tribunal Central de Trabajo, no cabe la inadmisibilidad del recurso por causa de extemporaneidad de acuerdo con el art. 50.1 a) en relación con el art. 44.2 de la ...

AUTO 1243/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. El actor ha presentado original del poder que acredita la representación otorgada al Procurador compareciente por lo que ha quedado subsanado el defecto que a ese respecto se le indicaba en la providencia de 16 de septiembre de 1987. Sin embargo, no ha acreditado la fecha de notificación de la Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de abril de 198...

AUTO 1244/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. El art. 44.1 c) de la LOTC exige como requisito de los recursos de amparo que se interpongan contra resoluciones judiciales, «que se haya invocado formalmente en el proceso el derecho constitucional vulnerado, tan pronto como, una vez conocida la violación, hubiere lugar para ello». La jurisprudencia de este Tribunal ha declarado con reiteració...

AUTO 1247/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

Único. Aunque la causa de inadmisión prevista en el apartado 1 a) del art. 50 de la LOTC consiste -como se dijo en el ATC 846/1986, de 22 de octubre (fundamento jurídico 1.º)- en la interposición tardía del recurso, y no tanto en la falta de acreditación de la fecha en que le fue notificada al actor la última de las resoluciones judiciales recaída...

AUTO 1249/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. Los demandantes de amparo consideran que han sido objeto de un trato discriminatorio respecto al personal de su misma categoría profesional procedente del antiguo Mutualismo Laboral, discriminación que tendría su origen último en la diferencia que desde 1970 preside el régimen jurídico de uno y otro personal, y que se habría producido en el mom...

AUTO 1251/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. La entidad demandante de amparo ha justificado fehacientemente que en el recurso de súplica que en su momento interpuso frente al Auto del TCT de 9 de enero de 1987, invocó formalmente el derecho fundamental presuntamente lesionado, cumpliendo así lo dispuesto en el art. 44.1 c) de la LOTC. Con lo que desaparece esta causa de inadmisión de la d...

AUTO 1254/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. De las causas de inadmisión puestas de manifiesto en nuestra providencia de 22 de julio pasado, la representación de la recurrente reitera en el trámite de alegaciones que, por lo que a la primera de ellas se refiere, invocó el derecho presuntamente vulnerado al interponer el recurso de queja ante el Tribunal Supremo. Si a ello se añade -como s...

AUTO 1258/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. La primera de las causas de inadmisión que se le puso de manifiesto a la representación actora en la providencia por la que se abrió este trámite es la prevista en el art. 50.1 b) de la LOTC, por referencia a lo dispuesto en el art. 44, 1 c) de la misma Ley Orgánica, duda ésta sobre la viabilidad del recurso que derivaba de que en la demanda po...

AUTO 1261/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. Tal y como se señaló en nuestra providencia de 23 de septiembre de 1987, la presente demanda carece manifiestamente de contenido que justifique una decisión (entiéndase por Sentencia) por parte de este Tribunal Constitucional. En efecto, la demanda se basa principalmente en que las Sentencias impugnadas vulneran el derecho a la tutela judicial ...

AUTO 1262/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. Al hacer las correspondientes alegaciones sobre las causas de inadmisión propuestas en los apartados 2º y 3º de nuestra providencia de 30 de septiembre pasado, el solicitante de este amparo confirma que es único objeto de su recurso y único acto de los poderes públicos al que imputa vulneración de sus derechos fundamentales la sentencia de la S...

AUTO 1268/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

1. La causa de inadmisión prevista en el art. 50.2 b) LOTC se caracteriza por constituir un instrumento que elude un pronunciamiento mediante Sentencia, aun cuando la demanda planteada sea formalmente correcta y su fundamentación material no sea carente de consistencia, siempre que este Tribunal considere, a la vista del escrito presentado y los d...

AUTO 1271/1987, de 10 de noviembre

Fecha: 10-Nov-1987

Único. El art. 4.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) dispone que este Tribunal apreciará, de oficio o a instancia de parte, su falta de jurisdicción. En el presente caso procede llevar a cabo esta apreciación, ya que resulta evidente, de los mismos términos de la demanda, y a la vista de lo que en ella se pide, que versa sobre ...

AUTO 1274/1987, de 11 de noviembre

Fecha: 11-Nov-1987

Único. Los dos recursos de inconstitucionalidad han sido promovidos en relación con la misma Ley, la 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, por lo que aparece justificada, al existir la conexión de objeto a que se r...