AUTO 1/1987, de 9 de enero

Fecha: 09-Ene-1987

Único. - A la vista de las resoluciones de la Diputación Provincial de Barcelona aportadas por el recurrente en cumplimiento de lo interesado en la providencia de 16 de julio de 1986, y de las alegaciones por él formuladas respecto de la causa de inadmisión del artículo 50.2.b) de la que fue advertido en la misma providencia, no resulta manifiesta...

AUTO 10/1987, de 9 de enero

Fecha: 09-Ene-1987

Único. - El art. 4.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional dispone que este Tribunal apreciará, de oficio o a instancia de parte, su falta de jurisdicción. En el presente caso procede llevar a cabo esta apreciación, ya que resulta evidente, de los mismos términos de la demanda, y a la vista de lo que en ella se pide, que versa sobre mater...

AUTO 100/1987, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1987

1. Lo que alega el solicitante de amparo es que, como consecuencia de dos pronunciamientos judiciales conformes, en cuya virtud se le obliga al pago de una pensión compensatoria a su ex esposa, sin que dicha pensión fuese expresamente solicitada por ésta, se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, constitucionalmente garantizada por...

AUTO 101/1987, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1987

Único. - El artículo 56 de la LOTC establece, como regla general, que la Sala que conozca de un recurso de amparo suspenderá la ejecución del acto impugnado cuando hubiere de causar un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad, si bien con la excepción de que podrá denegarse la suspensión cuando de esta pueda seguirse perturbación grave de...

AUTO 102/1987, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1987

Único. - La suspensión de la ejecución de las sentencias judiciales a instancia de parte, en el proceso de amparo puede concederse, según el art. 56.1 L.O.T.C., cuando la ejecución de aquella ocasione un perjuicio que haría perder al amparo su finalidad, pudiendo denegarse, no obstante, cuando este Tribunal estimare que dicha medida de suspensión ...

AUTO 103/1987, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1987

1. En relación con el derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 de la C.E.), que constituye el eje central del presente recurso según deriva de la pretensión formulada, en la que está presente una solicitud para hacer posible la proposición y práctica de prueba, este Tribunal en reiteradas ocasiones ha señalado que el hecho delictivo que fun...

AUTO 104/1987, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1987

1. Consiste esencialmente la queja del actor del presente recurso en que la incoación de diligencias previas por el Juzgado de Barcelona, así como el Auto a que desestimó el recurso de reforma contra la providencia que decretó las mismas han transgredido, por un lado, los arts. 18.2, 19 y 22.1 de la C.E., y de otro, los arts. 14 y 24 de la C.E., y...

AUTO 105/1987, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1987

Único. - De las alegaciones de las partes no resulta manifiesta la falta de contenido constitucional de la demanda, ni la falta de agotamiento de los recursos utilizables dentro de la vía judicial. Procede, por tanto, admitir a trámite el presen te recurso de amparo para que el Tribunal, sin perjuicio de lo que resulte de las actuaciones y de lo q...

AUTO 106/1987, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1987

Único. La demanda, como se advirtió en la oportuna providencia, carece de contenido constitucional. En primer lugar, pese a lo que invocan los recurrentes, no se está en presencia de un supuesto sustancialmente igual. En efecto (y como resulta de la Sentencia impugnada), los actores comenzaron a prestar sus servicios con fecha de 27 de diciembre d...

AUTO 107/1987, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1987

Único. - El art. 41.1 de la LOTC. dispone que los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional serán los reconocidos en los arts. 14 a 29 de la Constitución, así como el derecho a la objeción de conciencia reconocido en el art. 30 de la misma Ley fundamental. El recurrente, tanto en su escrito de demanda, como en el posterior de ale...

AUTO 108/1987, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1987

Único. - Ateniéndonos al relato de hechos y a la petición o suplico de la demanda de amparo es evidente que la misma se refiere a hechos y situaciones ajenas al ámbito del proceso constitucional de amparo, pues no pide el restablecimiento o preservación de algunos de los derechos que lo hacen viable (artículos 41.3 y 55 de la Ley Orgánica del Trib...

AUTO 109/1987, de 28 de enero

Fecha: 28-Ene-1987

Único. - Es sabido que en el amparo constitucional no puede hacerse valer otras pretensiones que las dirigidas a restablecer o preservar los derechos o libertades por razón de los cuales se formuló (art. 41.3 LOTC) y es claro que lo que se solicita aquí está muy alejado de lo que constituye la causa y fundamento de esta vía constitucional. En efec...

AUTO 11/1987, de 13 de enero

Fecha: 13-Ene-1987

1. El mantenimiento o alzamiento de la suspensión de la eficacia de la disposición con ocasión de la cual se interpone un conflicto de competencia frente a una Comunidad Autónoma, con invocación expresa del art. 161.2 de la Constitución, ha de ser decidido, dentro del plazo señalado en dicho precepto, ponderando las razones aducidas por las partes...

AUTO 12/1987, de 13 de enero

Fecha: 13-Ene-1987

Único. Como este Tribunal viene reiterando en numerosas ocasiones (Autos de 13 de diciembre de 1984, 7 de marzo de 1985, 11 y 30 de abril de 1985, etc.), el mantenimiento o levantamiento de la suspensión de la norma autonómica objeto de conflicto debe decidirse teniendo en cuenta el alcance de la misma y las consecuencias que para los intereses pú...

AUTO 13/1987, de 13 de enero

Fecha: 13-Ene-1987

1. Como este Tribunal viene declarando repetidamente (Autos de 6 de octubre de 1981, 6 y 20 de mayo de 1982, 29 de septiembre de 1983, 7 de junio de 1984, 30 de abril de 1985 y 17 de octubre de 1985, entre otros), la suspensión de la disposición o acto objeto de un conflicto positivo de competencia, que permite acordar el art. 64.3 de la Ley Orgán...

AUTO 14/1987, de 14 de enero

Fecha: 14-Ene-1987

1. La pretensión que ha de ser objeto de enjuiciamiento por este Tribunal, que, como reiteradamente viene declarando, es la formulada en el escrito de demanda, se concreta en la declaración de nulidad de las resoluciones judiciales de la Audiencia Territorial y del Tribunal Supremo que son impugnadas por entender que han vulnerado el art. 14 de la...

AUTO 15/1987, de 14 de enero

Fecha: 14-Ene-1987

Único. - La condena en costas y a la sanción pecuniaria que se ha impuesto no es como parece entender el recurrente un método intimidatorio para reducir el número de recursos ni una airada reacción del Tribunal ante un recurso infundado. Lo primero no sería un método sino una perversión de toda idea de técnica o método, y lo segundo está contradic...

AUTO 16/1987, de 14 de enero

Fecha: 14-Ene-1987

Único. - El presente recurso de amparo ofrece la doble característica de estar fundado en alegaciones contradictorias y gratuitas. Lo primero, porque la demanda de amparo se centra exclusivamente en la indefensión que se dice ha producido la omisión del Juez de Instrucción de Berja al no proveer sobre la petición del demandante de que se le nombra...

AUTO 17/1987, de 14 de enero

Fecha: 14-Ene-1987

1. La personación del Procurador del Colegio de Madrid, Don Luciano Rosch Nadal, asumiendo la representación del demandante, subsana el defecto de postulación puesto de manifiesto en la providencia de 24 de septiembre, y, en su consecuencia, no procede estimar la inadmisibi1idad del recurso propuesta en dicha providencia con base en el art. 81 de ...

AUTO 18/1987, de 14 de enero

Fecha: 14-Ene-1987

1. La documentación aportada por la demandante de amparo en este trámite acredita que la sentencia recurrida no llegó a su conocimiento hasta el día 28 de mayo y, por tanto que su demanda, presentada en el Juzgado de Guardia el día 19 de junio, respetó el plazo de veinte días establecido en el art. 44.2 de la LOTC; procede, en su consecuencia, rec...