AUTO 668/1987, de 1 de junio
Fecha: 01-Jun-1987
Único. La perentoriedad de la pretensión de amparo determina un primer.deber para el Tribunal, que ha de dar una completa solución al litigio, tan plena como la de cualquier otro amparo y al mismo tiempo tan urgente como resulta de su incrustación en el curso de un proceso electoral en marcha, al cual no debe interrumpir y fuera del cual es claro ...