AUTO 825/1988, de 4 de julio

Fecha: 04-Jul-1988

Único. Las profusas razones expuestas en la demanda con notable falta de claridad pueden sintetizarse en la afirmación de que, de una parte, se han producido irregularidades procesales (por ejemplo, la falta de firma del Agente Judicial en la notificación de una providencia de embargo), que vician de nulidad radical determinadas actuaciones; de la...

AUTO 826/1988, de 4 de julio

Fecha: 04-Jul-1988

Único. La solicitante de amparo entiende violado su derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido en el art. 24.1 C.E., a causa de que el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Madrid, en su Sentencia de 10 de noviembre de 1987, ha declarado bien admitido el recurso de apelación interpuesto por don Manuel González López García contra la Senten...

AUTO 828/1988, de 4 de julio

Fecha: 04-Jul-1988

1. El acto judicial aquí impugnado no puede ser otro, de conformidad además con lo que la parte dice, que el Auto de 28 de julio de 1987 (confirmado por el de 3 de noviembre siguiente) mediante el que la Sala especial del Tribunal Supremo resolvió rechazar la querella presentada por el hoy actor contra los Magistrados de la Sala Segunda del mismo ...

AUTO 837/1988, de 4 de julio

Fecha: 04-Jul-1988

1. Aunque la demanda señala como fundamento de su pretensión de amparo la indefensión producida por la infracción de la Orden de 17 de enero de 1974 sobre investigación de la impregnación alcohólica en conductores, al no haber sido sometido a una segunda prueba de análisis, previa extracción de sangre, citando al efecto el art. 24, en relación con...

AUTO 847/1988, de 4 de julio

Fecha: 04-Jul-1988

1. Conviene, en primer lugar, a la luz de la demanda y reiteración en las alegaciones formuladas por los recurrentes, determinar si la referida Sociedad naviera «Lanaxa, Sociedad Anónima», está legitimada para comparecer ante este Tribunal. Ello es obligado a la vista de las quejas relativas a la no personación del señor Hans M. Rytz en la causa p...

AUTO 851/1988, de 4 de julio

Fecha: 04-Jul-1988

1. Los documentos aportados por la representación de la recurrente en este trámite eliminan las causas de inadmisión que nuestra providencia señalaba en primer y tercer lugar, por lo que, como es evidente, nuestra decisión sólo requiere el análisis de la posible concurrencia de la señalada en segundo y cuarto término. 2. Como se recoge en los auto...

AUTO 858/1988, de 4 de julio

Fecha: 04-Jul-1988

1. La cuestión que plantean los recurrentes en la presente demanda carece manifiestamente de contenido constitucional, dada la inexistencia de vulneración de los derechos fundamentales que se invocan. Con independencia de que no cabe introducir en el recurso de amparo alegaciones referidas a una supuesta vulneración de los principios que garantiza...

AUTO 862/1988, de 4 de julio

Fecha: 04-Jul-1988

1. Resulta necesario, antes de proceder al análisis que permita afirmar o negar la concurrencia de las causas de inadmisión señaladas en nuestra providencia, establecer con precisión cuál es el objeto de la demanda de amparo. Se dirige ésta, según su encabezamiento, contra la providencia de 26 de enero de 1988, pero en el suplico pide la anulación...

AUTO 869/1988, de 4 de julio

Fecha: 04-Jul-1988

1. Los demandantes de amparo han acreditado fehacientemente que su recurso fue interpuesto dentro del plazo marcado por el art. 44.2 de la Ley Orgánica de este Tribunal, por lo que ha de decaer la causa de inadmisión señalada en primer lugar en nuestra providencia de 25 de abril de 1988. 2. La demanda de amparo carece, sin embargo, manifiestamente...

AUTO 873/1988, de 4 de julio

Fecha: 04-Jul-1988

1. En el presente caso concurre el motivo de inadmisión previsto en el art. 50.2 b) de la LOTC (en su anterior redacción), por carecer manifiestamente la demanda de contenido que justifique una decisión por parte de este Tribunal. La cuestión planteada en el recurso consiste en determinar si, como se alega en la demanda de amparo, ha sido infringi...

AUTO 878/1988, de 4 de julio

Fecha: 04-Jul-1988

1. Ciertamente, según la propia Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo impugnada, no existe prueba directa de la comisión por el recurrente del delito por el que ha sido condenado, pero como también señala dicha resolución, no puede prescindirse de la prueba de presunciones, si no es a riesgo de la impunidad de determinados delitos. Y e...

AUTO 883/1988, de 5 de julio

Fecha: 05-Jul-1988

1. El art. 86 de la LOTC admite expresamente el desistimiento como una de las posibles formas de decisión de los procesos constitucionales, y en el art. 80 de dicha Ley se hace una remisión con carácter supletorio a los preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Civil que regulan este acto procesal. Con base en tales preceptos y en la reiterada jurispr...

AUTO 884/1988, de 5 de julio

Fecha: 05-Jul-1988

1. El art. 86 de la LOTC admite expresamente el desistimiento como una de las posibles formas de decisión de los procesos constitucionales, y en el art. 80 de dicha Ley se hace una remisión con carácter supletorio a los preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Civil que regulan este acto procesal. Con base en tales preceptos y en la reiterada jurispr...

AUTO 885/1988, de 5 de julio

Fecha: 05-Jul-1988

Único. Es doctrina reiterada de este Tribunal que la persistencia o el levantamiento de la suspensión de la norma o normas autonómicas objeto del recurso de inconstitucionalidad debe decidirse teniendo en cuenta el alcance de la misma y las consecuencias que para los intereses público y, en su caso, para los particulares afectados, podrían derivar...

AUTO 886/1988, de 5 de julio

Fecha: 05-Jul-1988

1. El conflicto positivo de competencia entre el Estado y una Comunidad Autónoma es un proceso constitucional singular y especifico del que debe conocer el Tribunal Constitucional para dirimir la titularidad de las competencias que aquellos dos entes pretenden ostentar uno frente a otro. De acuerdo con lo dispuesto en los arts. 62 y 63.1 de la Ley...

AUTO 889/1988, de 12 de julio

Fecha: 12-Jul-1988

1. A tenor de los arts. 64.2 y 65.2 de la LOTC, la impugnación por el Gobierno ante este Tribunal Constitucional de las disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas con expresa invocación del art. 161.2 de la Constitución, produce la suspensión de aquéllas, debiendo proceder el Tribunal a la ratificación o al levantamiento de dicha su...

AUTO 890/1988, de 12 de julio

Fecha: 12-Jul-1988

1. Acordada en virtud de lo dispuesto en el art. 161.2 de la Constitución y en el art. 64.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) la suspensión del art. 2, in fine, y anexo de la Orden del Departamento de Industria y Comercio del Gobierno Vasco, objeto de este conflicto positivo de competencia, y próximo el vencimiento del plazo de...

AUTO 891/1988, de 12 de julio

Fecha: 12-Jul-1988

1. Es doctrina constante de este Tribunal que su decisión sobre el mantenimiento o alzamiento de la suspensión de una disposición de ley autonómica objeto de recurso de inconstitucionalidad se ha de adoptar teniendo en cuenta, a la vista del contenido de la regla impugnada, las consecuencias que se habrían previsiblemente de seguir para los intere...

AUTO 892/1988, de 12 de julio

Fecha: 12-Jul-1988

1. Para entender debidamente el problema a resolver en la presente resolución hay que tener en cuenta los siguientes datos: 1.° La Ley estatal de Aguas, Ley 29/1985, de 2 de agosto, estableció en su Disposición adicional tercera que no producía efectos derogatorios sobre la legislación de aguas de Canarias y añadía que, a partir de la entrada en v...

AUTO 897/1988, de 13 de julio

Fecha: 13-Jul-1988

Único. Es doctrina reiterada de este Tribunal que el mantenimiento o el levantamiento de la suspensión de la norma o normas autonómicas objeto del recurso de inconstitucionalidad debe decidirse teniendo en cuenta el alcance de la misma y las consecuencias que para los intereses públicos y, en su caso, para los particulares afectados, podrían deriv...