AUTO 1210/1988, de 7 de noviembre
Fecha: 07-Nov-1988
1. En su escrito de alegaciones, el recurrente considera que la invocación formal en el proceso previo del derecho fundamental presuntamente vulnerado - requisito expresamente previsto tan sólo en el art. 44.1 c) de la LOTC- no resulta igualmente exigible para los supuestos de amparo que tengan su origen en disposiciones o actos de las distintas A...